Subir la potencia eléctrica en tu casa cuesta exactamente 37,08 € por cada kW que aumentes más 9,04 € fijos, sin IVA. Con IVA incluido, pagas unos 62,54 € por cada escalón típico de 1,15 kW. Estos importes están regulados por el BOE desde 2010 por lo que no dependen de tu comercializadora.
Pero hay un truco. Si ya tuviste esa potencia hace menos de 3 años (lo puedes comprobar en tu antigua factura de la luz), te ahorras casi la mitad. Te lo explicamos con números concretos para que sepas exactamente qué pagarás según tu caso.
Precio de subir la potencia contratada (desglose oficial)
El coste de ampliar la potencia se divide en tres conceptos regulados que cobra la distribuidora a través de tu comercializadora. Los importes están fijados por la Orden ITC/3519/2009 y son idénticos en toda España.
Derechos de extensión (€/kW)
Retribuyen a la distribuidora por ampliar la capacidad de la red para tu suministro. Se pagan 17,37 € por cada kW de incremento. Solo se cobran cuando superas la potencia máxima que hayas tenido contratada anteriormente.
Derechos de acceso (€/kW)
Compensan el uso de la red de transporte y distribución. Son 19,70 € por cada kW de incremento. Estos siempre se pagan cuando amplías la potencia, sin excepciones.
Derechos de enganche (importe fijo)
Cubren la actuación técnica sobre tu contador. Es un importe fijo de 9,04 € que se paga tanto si subes como si bajas tu potencia.
Tabla resumen de conceptos:
| Concepto | Precio sin IVA | Cuándo se aplica |
| Derechos de extensión | 17,37 €/kW | Solo al superar potencia máxima anterior |
| Derechos de acceso | 19,70 €/kW | Siempre al ampliar |
| Derechos de enganche | 9,04 € (fijo) | Siempre (subida o bajada) |
Todos estos importes los cobra la distribuidora pero te los factura tu comercializadora en la primera factura tras el cambio. El pago es único, no fraccionado. El IVA aplicable en 2026 es del 21%.
Puedes consultar más detalles en este documento oficial de la CNMC sobre modificación de contratos.
Fórmula para calcularlo en 10 segundos (con y sin IVA)
La fórmula estándar para calcular el coste de subir la potencia cuando no tienes excepciones es:
Coste total sin IVA = (17,37 + 19,70) × kW que subes + 9,04
Es decir: Coste total sin IVA = 37,08 × kW que subes + 9,04
Para obtener el precio con IVA, multiplica por 1,21.
Coste total con IVA = (37,08 × kW que subes + 9,04) x 1,21
Ejemplos rápidos
Aquí tienes los tres casos más habituales calculados al céntimo:
| Cambio | kW de incremento | Sin IVA | Con IVA |
| 3,45 → 4,6 kW | 1,15 | 51,68 € | 62,54 € |
| 4,6 → 5,75 kW | 1,15 | 51,68 € | 62,54 € |
| 5,75 → 6,9 kW | 1,15 | 51,68 € | 62,54 € |
Si das un salto doble (por ejemplo, de 3,45 a 5,75 kW), multiplica por 2: pagarías 114,13 € con IVA.
Casos en los que puedes pagar menos (o no pagar extensión/acceso)
La «regla de los 3 años» y el historial de potencia
Los derechos de extensión tienen vigencia de 3 años según el Real Decreto 1048/2013. Si ya pagaste una extensión por una potencia determinada y no han pasado tres años, esos derechos siguen activos. No vuelves a pagarlos.
Esto protege a quien baja la potencia temporalmente y luego la vuelve a subir. Si tenías 5,75 kW, bajaste a 3,45 kW hace dos años y ahora quieres volver a 5,75 kW, no pagas el derecho de extensión. Solo pagas los derechos de acceso y de enganche. El ahorro es de unos 48 € respecto al coste estándar.
Si vuelves a una potencia que ya tuviste
Cuando redistribuyes tu potencia entre periodos P1 (punta) y P2 (valle) sin superar tu potencia máxima histórica, no pagas ni derechos de extensión ni derechos de acceso. Solo los de enganche.
Por ejemplo: tenías P1=5,75 kW y P2=4,6 kW. Cambias a P1=4,6 kW y P2=5,75 kW. Tu potencia máxima sigue siendo 5,75 kW. Entonces el coste total corresponde únicamente a los derechos de enganche: 9,04 € + IVA = 10,94 €.
¿Te pueden cobrar algo más además de los derechos?
Verificación / actuación técnica
Los derechos de verificación (8,01 € sin IVA) solo se cobran cuando tu boletín eléctrico tiene más de 20 años o cuando la potencia solicitada supera la máxima admisible del certificado. En la mayoría de casos con contador digital, no se aplican.
Boletín eléctrico (CIE) y potencia máxima admisible (casos típicos)
Si la nueva potencia está dentro de la máxima admisible de tu boletín vigente (menos de 20 años), el trámite es puramente administrativo. El contador se reprograma de forma remota. No necesitas la intervención del electricista.
Sí necesitas nuevo boletín (CIE) cuando:
- La potencia solicitada supera la máxima del boletín actual
- El boletín tiene más de 20 años
- La instalación requiere obras (cambio de cuadro, paso a trifásica)
Un nuevo boletín cuesta entre 70 y 300 €, con una media de 150 €. Este coste no está incluido en los derechos de acometida.
Cuánto tarda en hacerse efectivo y cuántas veces puedes cambiarla
Plazos habituales con contador digital
El plazo legal máximo es de 5 días hábiles desde la solicitud. En la práctica, con contadores inteligentes (más del 99% de suministros domésticos), el cambio técnico se hace de forma remota en 1-2 días hábiles.
El proceso administrativo completo (gestión entre comercializadora y distribuidora) tarda entre 5 y 20 días hábiles según la distribuidora. No hay corte de luz en ningún momento.
Limitación de cambios (y excepciones)
Solo puedes cambiar la potencia una vez cada 12 meses de forma voluntaria. Esta limitación se restablece si cambias de titular del contrato, lo que permite modificar la potencia sin esperar.
Si necesitas saber cuál es la potencia óptima para tu vivienda, consulta nuestra guía sobre qué potencia de luz contratar.
Antes de subir potencia: 3 alternativas para evitar pagar de más
Ajustar potencia punta/valle
La tarifa 2.0TD permite contratar potencias distintas en P1 (punta: lunes a viernes 8-24h) y P2 (valle: noches 0-8h, fines de semana y festivos). Si el ICP solo salta de noche o en fin de semana, puedes mantener P1 baja y subir solo P2.
La diferencia de coste mensual es brutal: P1 cuesta 2,31 €/kW/mes mientras que P2 cuesta solo 0,06 €/kW/mes. Subir solo P2 en 1,15 kW añade apenas 7 céntimos mensuales a tu factura.
Repartir consumos (electrodomésticos a distintas horas)
Antes de pagar por más potencia, revisa si puedes programar lavadora, lavavajillas, termo eléctrico o carga del coche eléctrico para que no coincidan. Un simple temporizador puede evitarte los 62 € del trámite y los 3,25 € mensuales adicionales.
Revisar tarifa (a veces el mayor ahorro está en el kWh, no en el kW)
Muchas veces el problema no es la potencia sino el precio que pagas por la energía consumida. Verifica que tu tipo de tarifa eléctrica se adapta a tu patrón de consumo. Una tarifa indexada con consumo flexible puede ahorrarte más que ajustar potencias.
Preguntas frecuentes al subir la potencia de luz
Tu DNI, código CUPS (aparece en cualquier factura), la potencia deseada (puedes elegir en múltiplos de 0,1 kW hasta 15 kW) y tu IBAN bancario. Contactas con tu comercializadora (Iberdrola, Endesa, Naturgy u otra) y ellos gestionan todo con la distribuidora.
El trámite inicial cuesta:
Sin IVA: 37,08 € por kW más 9,04 € fijos (sin IVA).
Con IVA: 44,87 € por kW + 10,94 € de enganche = 55,81 € por 1 kW exacto.
Pero el impacto permanente en tu factura mensual es de 2,87 € adicionales al mes (con IVA) si contratas igual en P1 y P2.
No. Con contadores digitales digitales el cambio se hace de forma remota sin interrumpir el suministro. No hace falta que estés en casa ni que venga ningún técnico en la mayoría de casos.
Sí. Desde 2018 ya no existe la obligación de contratar en múltiplos de 1,15 kW. Puedes elegir cualquier potencia en tramos de 0,1 kW hasta 15 kW. Por ejemplo: 3,5 kW, 4,8 kW o 6,3 kW son perfectamente válidos.
Solo cuando la nueva potencia supera la máxima admisible del boletín actual o cuando este tiene más de 20 años. Si tu boletín es reciente y admite la potencia que solicitas, el cambio es solo administrativo y no necesitas electricista ni nuevo certificado.
Sí, en tarifa 2.0TD puedes contratar potencias diferentes en P1 y P2, incluso con P2 superior a P1. Esto es especialmente útil si cargas coche eléctrico de noche o usas acumuladores. El coste del trámite es el mismo (pagas por el incremento sobre tu potencia máxima anterior), pero el impacto en la factura mensual es mínimo: solo 0,06 €/kW/mes en P2 frente a 2,31 €/kW/mes en P1.



