¿Te pueden cortar la luz sin avisar? Plazos, derechos y qué hacer si te ocurre

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Vamos al grano: Sí, en casos muy concretos pueden cortarte la luz sin previo aviso. Pero si es por impago, la normativa exige un procedimiento con avisos, plazos y múltiples notificaciones antes del corte. Pero, no te preocupes, en este artículo te explicamos paso a paso cuándo sí y cuándo no pueden suspender tu suministro, los plazos exactos que deben cumplir y una checklist práctica para que sepas exactamente qué hacer si te quedas sin luz.

Resumen rápido: ¿pueden cortarte la luz sin avisar?

La respuesta depende del motivo. Aquí tienes la tabla resumen:

Con aviso previo ✅Sin aviso previo ❌
Impago de facturasEnganche ilegal o manipulación del contador
Trabajos de mantenimiento programadosInstalación peligrosa o uso no autorizado
Derivación a otra instalación sin permiso
Avería imprevista en la red

En casos de impago, las empresas eléctricas deben seguir un procedimiento reglado con comunicaciones, plazos y avisos previos. Si te han cortado la luz por impago sin avisar, ese corte es irregular.

Tipos de cortes de luz: con aviso vs sin aviso (explicado fácil)

No todos los cortes de suministro son iguales ni siguen las mismas reglas. Entender la diferencia entre ambos te ayudará a saber exactamente qué derechos tienes.

Cortes con aviso: impago o trabajos programados

Estos cortes siempre requieren comunicación previa. Los más comunes son:

  • Por impago de facturas: La comercializadora debe seguir un procedimiento completo que puede durar entre 45 y 60 días desde la emisión de la factura de la luz impagada. Durante ese tiempo, recibirás varios avisos fehacientes antes del corte definitivo.
  • Por mantenimiento: Cuando la distribuidora programa trabajos en la red eléctrica (mejoras, actualizaciones, reparaciones preventivas), debe avisar con al menos 24 horas de antelación mediante carteles en zonas comunes o notificaciones directas.

Cortes sin aviso: solo en situaciones excepcionales

Los cortes sin previo aviso están reservados exclusivamente para situaciones de fraude, peligro inmediato o averías imprevistas. En estos casos, la distribuidora puede interrumpir el suministro de forma inmediata para proteger la seguridad o evitar usos ilegales.

Cuándo SÍ pueden cortarte la luz sin avisar (casos «inmediatos»)

La normativa eléctrica contempla situaciones específicas donde la interrupción del suministro puede ser inmediata, sin necesidad de agotar el procedimiento habitual de notificaciones.

Enganche ilegal o suministro sin contrato

Si se detecta que estás utilizando electricidad sin tener un contrato vigente con ninguna comercializadora, la distribuidora puede cortar el suministro de inmediato. Esto incluye conexiones directas a la red sin autorización, lo que constituye un fraude eléctrico grave con consecuencias legales.

Derivaciones a otra instalación / uso no autorizado

Cuando la electricidad contratada para un punto de suministro se desvía hacia otro inmueble, vivienda o uso diferente al autorizado en el contrato, la distribuidora puede interrumpir el servicio sin previo aviso. El suministro se concede para una ubicación específica y un uso determinado.

Manipulación del contador o del equipo de medida

Cualquier alteración, manipulación o intervención no autorizada en el contador eléctrico, los precintos o el equipo de medida justifica un corte inmediato. Estas prácticas constituyen fraude y están tipificadas en el Código Penal, además de en la normativa del sector eléctrico.

Instalación peligrosa (riesgo para personas)

Si la distribuidora detecta que la instalación eléctrica presenta deficiencias graves que ponen en peligro la seguridad de las personas (cables deteriorados, conexiones inadecuadas, sobrecargas peligrosas), puede suspender el suministro de forma inmediata hasta que se corrijan los problemas.

Importante: La distribuidora puede interrumpir el suministro «de forma inmediata» en estos supuestos sin necesidad de seguir el procedimiento habitual de avisos y notificaciones. La seguridad y la legalidad están por encima de los plazos administrativos.

Cuándo NO deberían cortarte la luz sin avisar (y por qué)

Existen situaciones claras en las que la ley protege a los consumidores mediante procedimientos obligatorios y plazos establecidos.

Si es por impago, debe haber notificaciones y plazos

El impago nunca justifica un corte inmediato. El Real Decreto 897/2017 establece que las comercializadoras deben seguir un procedimiento reglado con múltiples comunicaciones antes de poder solicitar la suspensión.

Incluso tras cumplir todos los pasos, el corte debe avisarse con al menos 15 días hábiles de antelación, informando de la fecha exacta. Un corte sin este aviso final es irregular.

No pueden cortar en festivo / víspera si no hay servicio de reposición

El Real Decreto 1955/2000 establece que no se puede cortar en festivos o vísperas si la comercializadora no tiene garantizado un servicio de reposición.

Esta protección evita que te quedes días sin electricidad sin posibilidad de solucionar el problema (ej: corte un viernes tarde antes de un puente).

Corte por impago: plazos reales

Si acumulas facturas sin pagar, este es el calendario exacto del procedimiento que debe seguir tu comercializadora antes de cortar el suministro.

1. Periodo de pago de la factura (20 días)

Desde la fecha de emisión de tu factura, tienes 20 días naturales para realizar el pago. Este plazo puede variar si tienes un contrato en mercado libre.

2. Comunicación de impago y requerimiento fehaciente (burofax/certificado)

Si no pagas en plazo, la comercializadora debe enviarte un primer requerimiento de pago por un medio que deje constancia de su recepción: burofax, correo certificado, medios electrónicos con acuse de recibo o incluso SMS/email si así lo has autorizado en tu contrato. Este primer aviso marca el inicio oficial del procedimiento de suspensión.

3. Segundo requerimiento si no se logra notificar

Si el primer requerimiento no puede entregarse (por ejemplo, si no estás en casa cuando el cartero intenta dejarte el burofax), la comercializadora debe realizar un segundo intento de notificación tras siete días hábiles. Si tampoco consigue entregarlo, documentará ambos intentos y notificará a las autoridades autonómicas competentes para que valoren si procede aplicar alguna medida de protección social.

4. Último aviso: 15 días hábiles antes del inicio de suspensión

Cuando se aproxima la fecha límite del procedimiento, la comercializadora debe enviarte un aviso final con al menos 15 días hábiles de antelación, informándote de la fecha exacta en que se suspenderá el suministro si no regularizas la deuda. 

5. ¿Cuándo pueden solicitar el corte?

Por regla general, en los hogares con una potencia contratada inferior a 10kW, la comercializadora puede solicitar a la distribuidora la suspensión del suministro cuando hayan transcurrido dos meses desde la notificación del primer requerimiento de pago

Sin embargo, si eres beneficiario del Bono Social Eléctrico, el plazo se amplía considerablemente:

  • Tras 4 meses desde el primer requerimiento, en lugar de cortarte la luz, se activa el Suministro Mínimo Vital(SMV) con una potencia limitada de 3,5 kW.
  • Si tras 6 meses adicionales en SMV sigues sin pagar, entonces sí pueden proceder al corte definitivo.

Si tienes Bono Social: protecciones clave

Los consumidores vulnerables cuentan con medidas adicionales de protección que retrasan significativamente el corte y, en algunos casos, lo impiden por completo.

Suministro mínimo vital: qué es y qué significa «3,5 kW»

El Suministro Mínimo Vital es una medida de protección social que, en lugar de cortar completamente la luz, reduce la potencia disponible a 3,5 kW. Con esta potencia puedes mantener funcionando las necesidades básicas: nevera, algunas luces, carga de móvil, pero no podrás usar varios electrodomésticos a la vez ni equipos de alto consumo como hornos, lavadoras o calefacción eléctrica simultáneamente.

El SMV se mantiene durante dos meses adicionales tras el plazo inicial de 4 meses, dándote un total de 6 meses para regularizar la deuda antes del corte definitivo.

Casos en los que NO pueden suspender el suministro

La normativa establece que ciertos consumidores vulnerables severos acogidos al bono social NO pueden sufrir cortes de suministro bajo ningún concepto. Estos casos incluyen:

  • Hogares con menores de 16 años
  • Personas en situación de dependencia grado II o III
  • Personas con discapacidad ≥33% + acreditación de servicios sociales
  • Riesgo de exclusión social con cofinanciación: Cuando los servicios sociales de la Administración autonómica o local cofinancian al menos el 50% del importe de la factura, certificando que el hogar está en riesgo de exclusión social.

Además, hasta el 31 de diciembre de 2026, se mantiene vigente la prohibición de cortar el suministro a todos los consumidores vulnerables (no solo los vulnerables severos) que tengan reconocido el bono social, como medida temporal del escudo social energético.

Me han cortado la luz sin avisar: qué hacer en 10 minutos

Si te has quedado sin electricidad y no sabes por qué, sigue estos pasos inmediatamente:

1. ¿Solo tu casa o todo el edificio/zona?

Sal al rellano o asómate a la calle.

  • Tus vecinos están sin luz + farolas apagadas: es un corte general de la red.
  • Solo afecta a tu vivienda: el problema es específico de tu suministro.

2. Revisa tu cuadro eléctrico e ICP/diferencial

Abre la caja de fusibles y comprueba que todos los interruptores están en su posición correcta. El ICP (Interruptor de Control de Potencia) y los diferenciales pueden «saltar» por sobrecargas o fallos en la instalación. Si alguno está bajado, espera 30 segundos e intenta subirlo. Si vuelve a saltar, tienes un problema en tu instalación.

3. Si es avería de red, llama a tu DISTRIBUIDORA

Las averías en la red eléctrica son competencia de la distribuidora de tu zona. Llama a su teléfono de averías (disponible 24/7) para reportar el corte. Muchas distribuidoras tienen mapas online donde puedes consultar averías en tiempo real.

4. Si es problema de tu instalación, contacta con un electricista

Los fallos internos en el cableado, enchufes o aparatos son tu responsabilidad como titular de la vivienda. Necesitarás contratar un electricista autorizado.

5. Si sospechas impago, contacta con tu COMERCIALIZADORA

Llama inmediatamente a tu compañía eléctrica y pide el detalle completo del expediente de impago. Pregunta si has recibido todos los avisos reglamentarios, cuándo se notificaron y por qué medio. Si no seguían el procedimiento correcto, puedes reclamar.

Cómo reclamar si crees que el corte fue indebido

Si consideras que el corte de suministro no se ajustó a la normativa, tienes derecho a reclamar siguiendo este proceso escalonado.

Paso 1: Reúne pruebas

  • Hora exacta del corte
  • Todas las comunicaciones recibidas (o ausencia de ellas)
  • Copias de facturas y contrato
  • Justificantes de pago o intentos de pago
  • Daños materiales: fotos + facturas de compra

Paso 2: Reclama a la comercializadora (por escrito)

Email o carta certificada exponiendo hechos + solicitud de explicaciones. Exige: procedimiento seguido, fechas de avisos, medios utilizados.

Paso 3: Escalado si no responden o no satisface

  • OMIC (Oficina Municipal Información al Consumidor)
  • Organismos autonómicos de consumo
  • Ministerio para la Transición Ecológica (sector eléctrico)

Cómo evitar futuros cortes y sustos en tu factura

Aquí tienes medidas prácticas para evitar encontrarte en esta situación.

Domiciliación y alertas bancarias: Domiciliar el pago de tus facturas elimina el riesgo de olvidos o rechazos accidentales. Configura alertas en tu banca online para saber cuándo se van a cargar recibos y asegurarte de tener saldo suficiente.

Revisa tu tarifa periódicamente: Una subida inesperada en el precio de la energía puede llevarte a dificultades para pagar facturas que antes asumías con normalidad. Compara ofertas cada cierto tiempo y valora cambiar a tarifas que se ajusten mejor a tus hábitos.

Ajusta tu potencia contratada: Muchos hogares pagan por más potencia de la que realmente necesitan. Bajar la potencia puede reducir significativamente el término fijo de tu factura. Si no estás seguro de si puedes reducirla, consulta esta guía sobre ajustar la potencia contratada.

Identifica consumos ocultos: Revisa qué electrodomésticos consumen más energía en tu hogar. Sustituir equipos antiguos por modelos eficientes o simplemente cambiar hábitos de uso puede generar ahorros importantes.

Preguntas frecuentes sobre cortes de luz

¿Te pueden cortar la luz por una sola factura impagada?

Sí, siempre que se agote el procedimiento completo (mínimo 2 meses con múltiples avisos). Si no respondes a ninguna notificación, pueden proceder al corte.

¿Cuánto tardan en devolverme la luz si pago?

El plazo habitual de reconexión tras regularizar la deuda es de aproximadamente 24 horas hábiles. Sin embargo, este tiempo puede variar según la distribuidora de tu zona y si hay circunstancias especiales (fines de semana, festivos, zonas remotas). 
Importante: La reconexión solo es posible si no han pasado más de dos meses desde el corte. Si superas ese plazo, el punto de suministro se da de baja por completo y tendrías que tramitar un alta nueva, con todos los costes asociados.

¿Pueden cortarme la luz en fin de semana o festivo?

Existen limitaciones para los cortes en festivos y vísperas de festivos. La comercializadora no puede proceder al corte si no tiene garantizado un servicio de reposición disponible.

Si tengo bono social, ¿cuánto se retrasa el corte?

Para consumidores con bono social reconocido, el proceso se extiende:
4 meses desde el primer requerimiento hasta la activación del Suministro Mínimo Vital (3,5 kW).
Otros 2 meses en SMV antes del corte definitivo.
Total: 6 meses de margen adicional frente a los 2 meses de los consumidores sin bono social.
Hasta el 31 de diciembre de 2026, los consumidores vulnerables con bono social están completamente protegidos contra cortes de suministro.

¿Qué pasa si me acusan de manipular el contador?

La distribuidora debe tener pruebas documentadas de la manipulación (acta de inspección y fotos). Si consideras que la acusación es injusta o no hay evidencia clara, tienes derecho a solicitar una copia de estos documentos y reclamar.
La manipulación del contador es un asunto serio con consecuencias legales, por lo que las distribuidoras deben demostrar fehacientemente la infracción antes de proceder al corte y a la imposición de sanciones.

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