¿Tienes derecho al bono social de la luz? Compruébalo antes

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El bono social eléctrico puede reducir tu factura de la luz entre un 42,5 % y un 57,5 %, pero no todo el mundo puede pedirlo ni cualquier tarifa lo permite. Antes de solicitar nada, conviene hacer un autodiagnóstico rápido. Esta guía te ayuda a comprobarlos paso a paso antes de ponerte en contacto con ninguna compañía.

¿Cuándo puedes tener derecho al bono social de la luz?

Tienes derecho si cumples todos estos puntos:

  • El contrato de luz está a tu nombre (o puedes cambiarlo antes de solicitar)
  • La vivienda donde está el suministro es tu residencia habitual
  • Estás en PVPC o puedes pasarte al mercado regulado
  • Tu potencia contratada es igual o inferior a 10 kW
  • Cumples los requisitos de renta o perteneces a un colectivo reconocido (familia numerosa, IMV, pensión mínima, etc.)
  • Solicitas el bono a una comercializadora de referencia (las únicas habilitadas)

Si hay algún punto que no cumples ahora pero puedes corregirlo (cambiar el titular del contrato, bajar la potencia, pasarte al PVPC), el acceso sigue siendo posible. A continuación lo vemos con detalle.

Primer requisito: tener la luz contratada en tu vivienda habitual

El bono social solo se puede aplicar al suministro de la vivienda donde vives de forma habitual. No vale una segunda residencia, un local ni un garaje. Y el contrato debe estar a tu nombre como persona física.

Si el contrato está a nombre del propietario del piso (por ejemplo, en un alquiler donde nunca se cambió la titularidad) no puedes pedir el bono hasta que ese contrato pase a tu nombre. Es un trámite gratuito que se puede hacer simultáneamente con la solicitud del bono.

Segundo requisito: estar en PVPC o poder cambiarte al mercado regulado

El bono social solo existe dentro del mercado regulado. Si decides solicitarlo y estás en mercado libre, el cambio al PVPC se incluye en la misma gestión de la solicitud, sin trámite adicional ni corte de suministro. 

Para saber si ya estás en PVPC, consulta tu factura de la luz: debe aparecer «Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor» y la comercializadora debe ser una de las ocho habilitadas (Energía XXI, Curenergía, Comercializadora Regulada, Régsiti, Baser, CHC COR, Energía Ceuta XXI o Teramelcor).

Tercer requisito: cumplir los límites de renta o pertenecer a un colectivo reconocido

Si ya cumples los dos primeros filtros, el acceso depende de tu renta o de tu situación familiar. Los umbrales se calculan sobre el IPREM anual (8.400 €) multiplicado por un factor según el número de personas que conviven contigo:

Composición del hogarLímite consumidor vulnerable (descuento 42,5 %)Límite consumidor severo (descuento 57,5 %)
1 persona12.600 €/año6.300 €/año
2 adultos15.120 €/año7.560 €/año
2 adultos + 1 menor19.320 €/año9.660 €/año
2 adultos + 2 menores23.520 €/año11.760 €/año
Monoparental + 1 menor25.200 €/año12.600 €/año

Se suman +1 IPREM (8.400 €) al umbral en circunstancias especiales: discapacidad ≥33 %, dependencia grado II o III, víctima de violencia de género, familia monoparental con menores o electrodependencia.

También acceden sin tope de renta: las familias numerosas (vulnerable, 42,5 %) y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Los pensionistas con la cuantía mínima de jubilación o incapacidad permanente y otros ingresos inferiores a 500 €/año también pueden acceder directamente.

La renta que se comprueba es la base imponible del IRPF de todos los convivientes.

Cómo comprobar paso a paso si tienes derecho al bono social eléctrico

Paso 1: revisa quién es el titular del contrato

Busca en tu factura el nombre que aparece en los datos del titular. Debe coincidir con tu nombre y DNI/NIE. Si no es así, el primer paso es tramitar el cambio de titularidad.

Paso 2: comprueba si estás en PVPC o mercado libre

Si la comercializadora no es una de las ocho COR habilitadas, estás en mercado libre. Hay que gestionar el cambio al solicitar el bono.

Paso 3: mira tu potencia contratada

Aparece en la factura como «Término de potencia» en kW. Si supera 10 kW, tendrás que bajarla antes. Esto cuesta 9,04 € +IVA. Si quieres entender mejor qué potencia necesitas realmente, consulta nuestra guía sobre potencia contratada.

Paso 4: calcula tu unidad de convivencia

Suma todas las personas empadronadas contigo con parentesco hasta segundo grado. Los compañeros de piso sin parentesco no cuentan, aunque convivan y paguen alquiler juntos.

Paso 5: compara tu renta con los límites aplicables

Usa la tabla del apartado anterior. La referencia es la base imponible del IRPF, no el sueldo bruto. 

Paso 6: revisa si tienes alguna circunstancia especial

Si hay discapacidad reconocida ≥33 %, dependencia, eres beneficiario del IMV, tienes título de familia numerosa vigente, eres familia monoparental con menores o víctima de violencia de género, el umbral de renta se amplía o el acceso es directo. Revisa los documentos que lo acreditan antes de iniciar la solicitud.

Errores frecuentes al comprobar si tienes derecho al bono social

Pensar que vale cualquier tarifa de luz

El bono social no existe en el mercado libre. Da igual lo barata que sea tu tarifa actual: si no es PVPC con una comercializadora de referencia, no hay bono.

Confundir comercializadora libre con comercializadora de referencia

Endesa Energía, Iberdrola, Naturgy, Repsol o TotalEnergies son marcas del mercado libre. Sus filiales reguladas (Energía XXI, Curenergía, Comercializadora Regulada, Régsiti, Baser) son las COR habilitadas. Son empresas jurídicamente distintas.

No tener el contrato a nombre del solicitante

Es uno de los casos más frecuentes, especialmente en alquileres. Si el propietario figura como titular, no se puede solicitar el bono hasta que se cambie. Este cambio es gratuito y se puede hacer a la vez que la solicitud.

No actualizar cambios familiares o de renta

El bono se concede por dos años, pero si cambia la situación (un miembro de la unidad empieza a ingresar más, un hijo se va de casa, vence el título de familia numerosa) hay obligación legal de comunicarlo a la comercializadora en el plazo de un mes. No hacerlo implica devolver los descuentos cobrados indebidamente.

No revisar si el bono social se ha aplicado realmente en la factura

Una vez aprobado, el descuento debe aparecer como línea diferenciada en la factura. Si no lo ves, contacta con tu COR para verificar que está activo y desde qué fecha se aplica.

¿Y si no tienes derecho al bono social de la luz?

Revisa si tu tarifa es cara

Estar en mercado libre no es malo en sí mismo. El problema es estar en mercado libre con una tarifa que ya no es competitiva. Compara tu precio actual con las mejores ofertas del mercado usando el comparador oficial de la CNMC.

Comprueba si puedes ahorrar cambiando de compañía

Si no te corresponde el bono social, todavía tienes la opción de elegir una comercializadora con mejor precio para tu perfil de consumo. Te explicamos cómo hacerlo sin complicaciones en nuestra guía sobre cambiar de compañía de luz.

Usa Camby para analizar tu factura sin perder ayudas por error

El autoswitching de Camby monitoriza el mercado de forma continua y solo propone un cambio cuando hay ahorro real, sin que tengas que estar pendiente ni arriesgarte a perder protecciones que no has valorado.

Preguntas frecuentes sobre el derecho al bono social de la luz

¿Tengo que cambiarme al PVPC para pedir el bono social?

Sí, el bono requiere estar en PVPC con una comercializadora de referencia. Pero no necesitas hacer el cambio por tu cuenta antes: cuando solicitas el bono, la COR gestiona el cambio de tarifa en el mismo proceso.

¿Puedo solicitar el bono social si el contrato no está a mi nombre?

No directamente. Primero hay que cambiar la titularidad del contrato a tu nombre. Este trámite es gratuito y se puede hacer simultáneamente con la solicitud del bono ante la comercializadora de referencia.

¿Puedo tener bono social si vivo de alquiler?

Sí, siempre que el contrato esté a tu nombre y estés empadronado en esa vivienda como residencia habitual. 

¿Qué renta se tiene en cuenta para el bono social?

La renta que se comprueba es la base imponible del IRPF (general más del ahorro) del ejercicio fiscal más reciente disponible en la AEAT, sumada para todos los miembros de la unidad de convivencia. Si algún miembro no presentó declaración, se usan los datos disponibles en los registros de Hacienda y la Seguridad Social.

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